La tutela, presentada por Leonardo Santo Petro en su nombre y en el de las comunidades negras y afrodescendientes, se hacía por los derechos fundamentales a la igualdad, no discriminación, buen nombre, dignidad y honra de las mujeres tras la difusión de la canción y por la omisión de las autoridades “al no tomar medidas restrictivas frente a dicha difusión”.
Sin embargo, el Consejo de Estado la declaró “improcedente” porque el demandante no pertenece a las comunidades afrodescendientes ni “no probó ser representante de un consejo mayor de las mencionadas comunidades” ni es mujer ni tampoco explicó “su interés legítimo particular y directo con el amparo”.
Por tanto, no se toman medidas para retirar el video ni para hacer que José Álvaro Osorio Balvin alias J Balvin se retracte o pida perdón a las comunidades afectadas.
El “Niño de Medellín” se vio envuelto recientemente en otra polémica al aceptar el premio al Artista Afro Latino del Año de los Premios de Entretenimiento Africano de EEUU, a pesar de no ser afro ni tener ninguna raíz.